Delitos contra la Seguridad Vial
Defensa en delitos de conducción bajo la influencia de alcohol o drogas, conducción temeraria y sin permiso.
Delitos contra la seguridad vial: qué implican
Los artículos 379 a 385 del Código Penal regulan los delitos contra la seguridad del tráfico: conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas, conducción temeraria, negativa a someterse a las pruebas de detección y conducción sin permiso tras su pérdida por pérdida total de puntos.
Consecuencias habituales
Además de la pena de prisión o multa, estos delitos conllevan casi siempre la privación del derecho a conducir vehículos a motor, con un impacto directo en la vida laboral y personal del investigado.
Nuestra estrategia de defensa
Revisamos con detalle el atestado policial, la calibración y homologación del etilómetro, la cadena de custodia de las pruebas y el respeto a las garantías procesales en el momento del control, ya que cualquier irregularidad puede determinar la nulidad de la prueba.
Preguntas frecuentes
¿A partir de qué tasa de alcoholemia es delito?+
A partir de 0,60 mg/l en aire espirado (o 1,2 g/l en sangre) se considera delito del artículo 379.2, con independencia de la conducción temeraria. Por debajo de esa tasa puede ser sanción administrativa salvo que se acredite influencia manifiesta.
¿Puedo negarme a hacer la prueba de alcoholemia?+
La negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas constituye un delito autónomo del artículo 383, con pena de prisión de seis meses a un año y privación del permiso de conducir de uno a cuatro años.